
Comprar una propiedad en España: Guía 2025 para franceses | MCB Costa Blanca
¿Cómo comprar una propiedad en España?
Comprar una propiedad en España : una guía completa (2025)
Pasos clave para comprar una propiedad en España
Convertirse en propietario en España sigue siendo el sueño de muchos ciudadanos franceses: establecerse allí de forma permanente o adquirir una segunda vivienda.
Costa Blanca, la dulzura de la vida
Con 300 días de sol al año, la Costa Blanca tiene uno de los niveles de sol más altos de Europa. Un entorno natural precioso con playas interminables. Una excelente red de transporte, una gastronomía reconocida, una oferta inmobiliaria, infraestructuras de primera clase y la dulzura de la vida española a un vuelo de 2 horas desde París. No es casualidad que los franceses prefieran este destino para sus vacaciones. Mucha gente busca oportunidades inmobiliarias allí.
Compra de propiedades en la Costa Blanca
Esta información está destinada a ayudarte a obtener la información que necesitas para tomar una decisión tranquila y responsable sobre la compra de tu propiedad en la Costa Blanca , España .
Comprar una propiedad en la Costa Blanca
Si estás pensando en comprar una propiedad en España, debes tener en cuenta que el sistema legal y los pasos a seguir son diferentes de los que puedas haber experimentado en Francia.
¿Cómo comprar una propiedad en España?
Riesgos a evitar :
Nunca compres por un particular sin haber realizado una comprobación legal independiente, independientemente del origen de la propiedad.
Una venta directamente con el propietario o a través de "amigos", para ahorrar en comisiones en el precio de venta, puede acabar siendo muy cara.
En este caso, hay más posibilidades de acabar con una propiedad poco saludable y, desafortunadamente, normalmente no se puede volver en contra del propietario. De hecho, el derecho inmobiliario español no es lo mismo que el derecho inmobiliario francés, por ejemplo: el notario español, a diferencia del francés, no garantiza el origen de la propiedad. En otras palabras, si tu vendedor no es el propietario del terreno en cuestión, podrías tener serias decepciones en caso de problemas.
Por tanto, la consigna es precaución. Nunca te precipites aunque todas las características de una oferta parezcan adecuadas.
Es esencial en España elegir al agente inmobiliario profesional adecuado que sea tu ayuda más valiosa durante tu proceso. Consulta los servicios de un profesional del sector para la gestión de la transacción. Buscar un agente francés será un activo importante y una garantía.
Negociación del precio de venta
En España, es habitual enviar una oferta al propietario de la propiedad en venta, pero los precios cada vez son menos negociables. Ante la cantidad de ofertas en el mercado, los vendedores ahora destacan mostrando un precio muy atractivo desde el principio. No perderás nada intentándolo, pero es poco probable que consigas bajar el precio de forma drástica.
Tu agente se encargará de este proceso y te guiará sobre las posibilidades de negociación basándose en el historial de la propiedad: precio recientemente más bajo o excesivo en comparación con el mercado. No pierdas de vista que tu agente hará todo lo posible para concretar el acuerdo, será tu mejor aliado e intentará ser lo más hábil posible para negociar tu propuesta.
Ten en cuenta que si aceptas tu oferta, tendrás que proceder con la reserva de la propiedad. Es muy perjudicial profesionalmente que un agente negocie un precio si el comprador no cumple. ¡No entres en una negociación si no estás listo para comprar la propiedad!
Además, no hagas varias ofertas a la vez en distintos productos, perderás toda credibilidad con el agente, pero hazlas sucesivamente si tu propuesta anterior ha sido rechazada.
No es habitual hacer una oferta por nuevas propiedades, ya que la mayoría de los promotores ya han trasladado las reducciones de precio a sus precios.
Una oferta por escrito siempre es preferible a una hecha verbalmente.
Los pasos para comprar bienes inmuebles en España
El proceso clásico de compra de bienes raíces se desarrolla en tres pasos:
- La Reserva, la reserva.
- El Contrato Privado de Compraventa, la promesa de compra.
- La Escritura, la auténtica escritura de venta.
1. La Reserva:
Es el pago de un depósito que permite reservar la oferta mientras se espera la firma de la promesa de compra. La suma no siempre es proporcional al precio de venta, generalmente se sitúa en el rango de 3.000 a 6.000 €.
Si vas de paso, puedes firmar perfectamente la reserva antes de tu salida, siempre que las partes tengan un acuerdo sobre el objeto y el precio.
Si retiras, pierdes la cantidad pagada.
Por lo tanto, necesitarás:
a. Solicita tu NIE. La legislación española hace obligatorio el NIE para todos los extranjeros que deseen comprar o vender una propiedad en España.
b. Abrir una cuenta bancaria en España. Es importante señalar que en España, incluso los extranjeros no residentes pueden beneficiarse de préstamos para reformar sus viviendas.
Estos dos puntos son obligatorios.
El Número de Identificación de Extranjeros (NIE) emitido por la Dirección General de Policía es necesario para realizar una compra de propiedad.
2. El Contrato Privado de Compraventa:
Es un documento privado firmado entre las partes. Este documento es aún más importante que la escritura auténtica, porque esta última será solo la transcripción de lo que se ha firmado previamente.
Con esta escritura, el comprador se compromete a firmar una escritura pública ante un notario dentro de un plazo determinado. Si no cumple con sus compromisos, perderá el depósito, como si fuera una indemnización capital.
En este documento encontramos la identidad, datos de contacto y cualidades de las partes, la descripción de la operación planificada, la capacidad legal para vender o comprar, una descripción del objeto con su número de registro en el Registro Hipotecario, la situación legal de la propiedad (libre de cargos para inquilinos), el precio acordado, los depósitos pagados, el plazo para firmar la escritura auténtica ante un notario, la distribución del pago de los costes y cargos debidos, la fecha de la transferencia de propiedad y/o toma de posesión del alojamiento, las consecuencias de la retirada de una de las partes.
Por favor, tenga en cuenta: la firma de esta escritura no priva al vendedor de vender a un comprador mejor, siempre que pague al comprador desalojado el doble de la fianza pagada. Por tanto, a veces puede ser apropiado, para privar al vendedor de cualquier otra oferta, pagar un depósito elevado, generalmente el 10% del precio de venta incluyendo el importe de la reserva.
3. La Escritura:
La Escritura Pública de Compraventa (la escritura auténtica de compraventa) es un documento público firmado ante un notario. Sin embargo, el notario en España no tiene responsabilidad sobre el estatus legal y fiscal de la propiedad, es decir, no realizará controles sobre el registro de la propiedad, la situación urbana, etc. Por tanto, es responsabilidad del comprador realizar estas comprobaciones. Se recomienda encarecidamente llamar a un abogado. En este acto, las partes expresarán su deseo de vender y comprar y las condiciones proporcionadas, el notario, bajo la fe de su juramento, validará estas declaraciones y garantizará la "seguridad legal" de la venta mediante diversas verificaciones (legitimidad del vendedor, pago de impuestos y derechos, etc.). embargos, deudas, servidumbres, etc. etc.). Durante este acto, las partes pueden estar representadas. Este será el momento en que la llave se entregue al comprador a cambio del pago del saldo debido mediante cheque de caja certificado.
La comisión que cobran los bancos españoles por la emisión de un cheque certificado es alta. Es recomendable negociar este punto al solicitar la apertura de la cuenta para evitar sorpresas desagradables. El derecho a elegir al notario pertenece a la persona que soporta los costes de la escritura o la mayoría de ellos.
Impuestos sobre la compra de bienes inmuebles en España
IVA 10% ITP 9% (en la Comunidad Valenciana), la tasa general del ITP ha aumentado al 9% para las transacciones sujetas a impuestos a partir de 1 de junio de 2026, sujeta a los tipos especiales y excepciones aplicables.
Comprar una vivienda conlleva otros tipos de gastos:
- Tasas de registro: resultan del registro de la venta de la propiedad en el Registro de la Propiedad. Su coste se fija legalmente y depende del precio de compra. Se pagan en el momento del registro.
- Tasas notariales: corresponden a la escritura en la que el notario certifica la transacción de venta. Las tasas son oficiales, es decir, las mismas para todos los notarios.
- Tasas administrativas: No son obligatorias, pero son muy comunes. Por lo general, un abogado o gestor profesional (muy recomendable) es responsable de los procedimientos administrativos durante el proceso de compraventa y venta. Estos costes son variables y dependen de la agencia.
La práctica habitual es que los costes de la escritura notarial pública los asuma el comprador.
En caso de que no haya acuerdo sobre este asunto (casos raros), la Ley distribuye los costes en los siguientes términos:
- El vendedor pagará: los costes de finalizar los cargos pendientes; la ley pública; la contribución urbana (IBI = Impuesto Municipal) y el Impuesto sobre el Aumento del Valor del Suelo ("valor municipal ").
- El comprador pagará por la primera copia de la escritura; el impuesto de transferencia (ITP 8 a 10%) o IVA (10%) y AJD y registro en el Registro de la Propiedad.
- Los honorarios de los tasadores, abogados, etc., serán pagados por la persona que contrate sus servicios.
Algunas obligaciones administrativas y fiscales del comprador
Una persona que no tenga residencia fiscal en España y que posea una propiedad ubicada en el país estará sujeta al impuesto sobre la renta de los no residentes, así como al impuesto sobre bienes inmuebles (I.B.I), que es un impuesto local exigido por tu ayuntamiento (equivalente al impuesto sobre la propiedad).
Cuando una propiedad es propiedad de una pareja o varias personas, cada una de ellas tendrá que presentar declaraciones separadas.
Procedimientos posteriores a la escritura
Una vez firmada la escritura auténtica, deben cumplirse ciertos pasos y obligaciones. Algunos serán atendidos por el notario a través de su oficina.
Pago de impuestos y registro en el Registro de la Propiedad. Se te pedirá que pagues un depósito de los costes por los que se te debe entregar el recibo correspondiente. Una vez que la escritura esté en tu poder (unos 2 meses después de firmar), revisa el pago de impuestos y el registro y pide detalles de las cuentas. No aceptes recibos globales, pidas facturas al Notario, la Oficina de Administración, el Registro de la Propiedad, así como el pago de impuestos.
Tu agente puede realizar otros procedimientos: registro en la comunidad de propietarios, cambio de nombre y domiciliación bancaria para distribución, suministros que afecten a la vivienda (gas, electricidad, teléfono, etc.). Cambio de nombre con la SUMA, ayuntamiento, etc.
Hipotecas: principios
Para comprar una propiedad en España, puedes financiar perfectamente tu adquisición en España si lo deseas.
Como no residente, puedes obtener un préstamo hipotecario del 60 al 70% del importe estimado del valor de la propiedad que el banco obtiene mediante una "Tasación". El saldo debe pagarse en efectivo, así como las tasas notariales, impuestos y el registro civil.
Dependiendo de la edad del comprador, puedes obtener un plazo de devolución escalonado de hasta 20 años, teniendo en cuenta el límite máximo de edad de 70 años. La comisión por abrir el expediente hipotecario que recibe el banco suele representar el 1% de la cantidad que se va a financiar. Esta comisión puede negociarse.
Después de su compra de bienes raíces en la Costa Blanca
En España, en la Costa Blanca, como en cualquier otro país, al comprar una propiedad hay costes relacionados con esta compra.
Costes relacionados con la compra en España
Si compras una casa en España, pagarás (además del precio neto de compra) el impuesto de transferencia, tasas de registro, costes administrativos, IVA (IVA español) y tasas notariales. De media, entre el 11,30 y el 12,50% del precio de compra.
o
Si compras un terreno para construir, pagarás un 10% por la compra del terreno y un 10% por la construcción.
Las comisiones de la agencia son del 5% ex/IVA incluido, siempre incluidas en los precios mostrados.
Impuestos para la compra de una propiedad en España
Los impuestos que tienes que pagar al comprar en España varían dependiendo de si eres residente o no residente en España. Dónde está ubicada tu propiedad, el valor de la misma, si es nueva o de reventa.
- Impuesto sobre ganancias de capital: este es un impuesto sobre ganancias de capital basado únicamente en el aumento del valor del terreno, según el índice del Registro Municipal de la Propiedad, entre la compra anterior (por parte del vendedor actual) y la venta actual. Este impuesto, por su naturaleza, es pagado por el vendedor responsable de su pago, salvo que se negocie lo contrario.
- Impuesto Anual sobre la Propiedad (I.B.I.): los impuestos sobre la propiedad se pagan anualmente y se calculan sobre la base de la valoración catastral o del valor tasado del terreno asignado por las Autoridades Tributarias españolas. La valoración catastral tiene en cuenta el valor del terreno más el valor de la construcción, dependiendo del tipo, ubicación y uso. Cada municipio decide el porcentaje que se aplicará según este valor para el establecimiento de impuestos locales.
- Impuesto de recogida de basura (Basura y Alcantarillado): la tasa de recogida de basura la aplica algún municipio según la propiedad y se paga cada 6 meses.
En España, no pagarás una tasa de licencia de televisión ni impuestos locales. Solo se deben pagar el I.B.I. y el Basura, a menos que, claro, alquiles tu propiedad y te genere ingresos. En ese momento, estarás sujeto al IRNR (Impuesto sobre la Renta de No Residentes). Los no residentes que posean una propiedad en España deben presentar el Impuesto sobre la Renta por No Residentes (IRNR), ya que deben declarar los ingresos obtenidos de su propiedad (si, por ejemplo, alquilan durante la temporada de verano).
Existen dos tipos de tributación en relación con los ingresos procedentes de bienes inmuebles:
Las rentas obtenidas por el alquiler de la propiedad, el impuesto debido es del 24% sobre las ganancias obtenidas, y el impuesto sobre la renta inmobiliaria derivada del uso propio de la propiedad. En este último caso, pagarás el 24% del 1,1% del valor catastral de la propiedad (las autoridades fiscales españolas distinguen entre residentes de la Unión Europea, Islandia y Noruega, que generalmente son gravados al 19%, y otros contribuyentes que suelen gravar al 24%).
Otros cargos y gastos a pagar:
- Agua (Agua): el consumo de agua se calcula en metros cúbicos mediante un contador que mide el consumo de agua y se paga cada 3 meses.
- Electricidad: La electricidad se factura mensualmente. Las tarifas mínimas se aplican tanto si eres residente como si no, y varían según la cantidad de electricidad que pueda consumir tu casa si tienes todas las luces encendidas y toda la energía consumida. El coste varía según el consumo.
- Cargos por condominio: en general, la Comunidad de Copropietarios es una entidad jurídica formada exclusivamente por los propietarios de los apartamentos en un edificio o de las villas en una urbanización. El objetivo de la Comunidad es garantizar el mantenimiento de los elementos comunes que le pertenecen en el edificio o urbanización en cuestión, estando obligado a cada propietario a contribuir a los gastos incurridos en el mantenimiento de las áreas y servicios comunitarios según un sistema proporcional entre los distintos propietarios. El porcentaje de los costes que corresponde al propietario suele fijarse en función de la superficie del apartamento o terreno, en relación con la superficie total de todos los apartamentos o parcelas.
- Seguro: se recomienda asegurar tu apartamento o casa. El precio se determinará por la superficie, el número de habitaciones y el valor declarado.
Residencia - Sé residente en España
Si pasas más de 183 días en España durante el año fiscal (año natural), te convertirás en residente fiscal español, sujeto al impuesto sobre la renta español (IRPP). Estos días no tienen por qué ser consecutivos.

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Más que un intermediario
Su agente francés conoce la historia de las propiedades, le indicará las posibilidades de negociarlas, le enviará su oferta, le informará de la situación legal de la propiedad a la vista del registro de la propiedad, se encargará de los trámites de reserva (contrato de Reserva) de la promesa de compra (Contrato privado de compraventa), para buscar financiación de los bancos, él le presentará a un banquero francófono, preparará el expediente para la firma notarial (Escritura), procederá (o hará que se haga) ante el NIE, le asistirá con el cambio de nombre con los distintos organismos municipales, agua, luz, gas, teléfono, ayuntamiento, servicios fiscales, comunidad de propietarios, etcetera.
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El sistema de transmisión de propiedades español es diferente al de Francia y debe asegurarse de que las personas involucradas en la transacción sean profesionales calificados, que tengan un conocimiento profundo de cómo funciona el sistema, por lo que es muy recomendable elegir un abogado que esté especializado en derecho español. Le presentaremos a nuestro abogado de habla inglesa.
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Dominique SANTI
CEO
Publié le 01/01/2026 par
Dominique SANTI
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